martes, 6 de septiembre de 2011

Libertad de expresión Vs Confrontación política

Por Enrique Santelises*


Desde el punto de vista político, la libertad de expresión, o derecho a la información, constituye uno de los principios más preciados del sistema democrático, puesto que garantiza no sólo la difusión de las ideas, sino también el derecho de los ciudadanos a ser informados, como presupuesto de una sociedad plural y de una opinión pública libre.

Es tanto así, que la doctrina política contemporánea prevalece la tendencia a calificar a los gobiernos atendiendo a la vigencia que la dispensen o no a la libertades públicas, y muy especialmente, a la libertad de expresión.

Maurice Duverger, politólogo francés hace una clasificación genérica de los sistemas políticos en democráticos y autocráticos. En los primeros, la lucha política por la conquista y control del poder desarrollarse en forma abierta, pública y libre. Siempre habrá pluripartidismo político y, consecuentemente, un marco a la libertad de expresión.

La confrontación política, pública y abierta, se extiende al plano de la prensa y al de los medios de expresión e información, estando vigentes las libertades públicas que permiten a cada uno expresar sin coerción sus opiniones por medios de la palabra oral o escrita como lo hace usted en su artículo “Libertad de Expresión en Reservas”.

No se debe de confundir La libertad de expresión con el Delito de Opinión pública. Delito en el que incurre a diario muchos periodistas y comunicadores, más sin embargo no sufren ninguna coerción de la confrontación política debido al clima de la libertad de expresión que vive la República Dominicana en los últimos 8 años.

Cualquier definición de “Libertad de Expresión o Derecho de la información” dependerá del enfoqué que se asuma; es decir, si se concibe como una “Ciencia Jurídica Universal” o como “Un Conjunto de Normas” que regula el derecho de los ciudadanos y los profesionales de la comunicación a recibir, investigar y difundir información.

Para la doctrina española esta disciplina constituye un conjunto de normas jurídicas que tienen por objeto la tutela, reglamentación y delimitación del derecho a obtener y difundir ideas, opiniones y hechos noticiosos.

En esta doctrina española, el Derecho de la Información o libertad de expresión tienen su origen en la necesidad de reglamentar el ejercicio del comunicador o periodista frente a un estado liberal de derecho.

Haciendo referencia a los últimos hechos, como lo son el caso de nuestra querida amiga Nuria Piera, Alicia Ortega y el veterano periodista de opinión publica “Huchi Lora” no se puede señalar a todo el gobierno como coartadores de la libertad de expresión en República Dominicana.

Si bien es cierto que las actitudes de esos funcionarios atentan contra la libertad de expresión, no menos cierto es que ha sido en los gobiernos del Dr. Leonel Fernández donde la libertad de expresión ha tenido mayor democracia, hasta tal punto que algunos periodistas y comentaristas han incurrido en el delito de Opinión Pública. Incurriendo así en completa violación al artículo 39 de la Ley 6132 sobre Difusión y Expresión del Pensamiento.

Jacob Rousseau, ideólogo de la soberanía popular y de la doctrina de la democracia, fue uno de los más polémicos de su tiempo, al extremo de que sus ataques al estado le llevaron a exiliarse en Inglaterra gran parte de su vida, por temor a represalias. La obra más conocida de Jean Jacob Rousseau, fue “El Contrato Social”, en el cual explica el origen del estado, a su juicio, el Estado no existía antes de la propiedad privada. Este es una expresión de los poderosos, para salvaguardar la libertad de expresión y de propiedad. Sus ataques hacia el Estado le llevaron a preguntarse si sería conveniente que desapareciera el Estado.

Entonces concluye en que sólo un poder democrático es legítimo: La Libertad de expresión se conserva en un estado en el cual todo el pueblo participa sin incurrir en el delito de opinión pública, y por ende sin provocar la confrontación política.

* El Autor es Abogado y Político.

http://www.elnuevodiario.com.do/app/article.aspx?id=255633

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