jueves, 10 de marzo de 2011

Triunfo de la Constitución

Vinicio A. Castillo Semán
viniciocastilloseman@gmail.com

El lunes 26 de diciembre del año pasado tocó a quien esto escribe, la oportunidad de hacer el primer alerta al país de la violación a la Constitución (que se había producido tres días antes en el Senado de la República), al aprobarse un proyecto de ley orgánica del Tribunal Constitucional que cercenaba atribuciones fundamentales que le habían sido concedido a ésta por la nueva carta magna, al tiempo que se suprimía la edad límite de los 75 años para ser miembro del Tribunal Constitucional.

Dicho artículo fue seguido por un cordial debate en el Gobierno de la Mañana con el buen amigo Dr. Reinaldo Pared Pérez, sobre estos cruciales temas constitucionales. A partir de ahí, se generó, como hacía mucho tiempo no ocurría, una rica y vasta discusión pública, en la que participaron los partidos políticos, la sociedad civil y más del 90% de toda la comunidad jurídica del país, lo que permitió que el público conociera y se empapara de las cuestiones constitucionales que van dirigidas a la protección de sus derechos, y sobre todo, a descubrir que tiene muchas reservas intelectuales y jurídicas que habitualmente no participan en los medios de comunicación.

Fue una batalla larga de opinión pública en defensa de la Constitución de la República, que a mi juicio no debió de producirse, si se hubiera respetado el texto original del proyecto de Ley Orgánica enviado por el Presidente Dr. Leonel Fernández al Senado y si éste, movido a error por consejos jurídicos equivocados (del Dr.

Alburquerque y César Pina Toribio), no hubiera dado luz verde al Senado de la República para que variara el texto del proyecto enviado por el Poder Ejecutivo.

En la semana que acaba de transcurrir, por fin, salimos del empantanamiento institucional que nos privaba de disponer de una Ley Orgánica del nuevo y poderoso Tribunal Constitucional.

La razón, la prudencia y el respeto por la Constitución terminaron imponiéndose en el Congreso Nacional, echando hacia atrás los dos elementos suprimidos en aquella sesión del Senado de la República del 23 de diciembre del año 2010. El país tiene motivos sobrados para celebrar esta victoria institucional, donde nadie, en términos personales, debe sentirse ganador o perdedor. La única que debe sentirse victoriosa y triunfante es la nueva Constitución de la República, y la sociedad que hizo suya su defensa para clamar por su respeto.

Despejado el camino con la aprobación de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, tocará ahora la responsabilidad histórica de designar sus miembros al Consejo Nacional de la Magistratura, teniendo en cuenta las condiciones profesionales, de prudencia, éticas y de hojas de servicio de sus futuros integrantes.

El Tribunal Constitucional es una esperanza nueva, al que los ciudadanos podrán acudir para exigir el respeto a la Constitución y a los derechos fundamentales previstos en ella.

Deberá servir de contrapeso, sin extralimitarse, convirtiéndose en una verdadera guardiana de la institucionalidad de la República Dominicana, alejada en lo posible de los chismes y banderías políticas partidarias.

El Tribunal Constitucional es, sin dudas, el logro tangible más importante obtenido en la nueva Constitución de la República. Los Miembros del Consejo Nacional de la Magistratura, al momento de designar este nuevo poder de vigilancia constitucional, deben tener en cuenta que el país aspira a una nueva era jurídica constitucional; que haya un antes y un después, en todo lo que respecta a la violación de las normas constitucionales o de derechos fundamentales de los ciudadanos.

Si se hace bien, como anhela todo el país, vamos a dar un paso agigantado en materia institucional. Es un reto que coronaría el triunfo de la Constitución que representó la aprobación de su Ley Orgánica.

P.D.: El viernes pasado, cuando ya este artículo estaba redactado, leí con enorme preocupación una declaración del vocero del Bloque de Diputados del PLD en el periódico El Nacional, en la cual se sostiene que las cámaras legislativas no están obligadas a observar la mayoría calificada ordenada por la Constitución, en el caso de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, que fue vetada por el Poder Ejecutivo, sino que ésta puede ser refrendada con mayoría simple porque se trata de una aceptación de las observaciones del Presidente.

Confieso que creí era una error de redacción del periódico. Sin embargo, confirmé posteriormente con varios diputados del PLD que esa absurda tesis jurídica ha tomado cuerpo en el Congreso, al grado de que se me dijo sobrevendría una veto de la recién aprobada Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para proceder a aprobarla posteriormente con una mayoría simple.

Me resisto resueltamente a creer que un absurdo de esta naturaleza pueda ser sustentado, defendido o acogido por el presidente Leonel Fernández.

Esa es mi esperanza y creo la de toda la sociedad.

http://www.listindiario.com/puntos-de-vista/2011/3/6/180038/Triunfo-de-la-Constitucion

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