SANTO DOMINGO. La Asamblea Nacional Revisora incorporó a la Constitución el derecho de los ciudadanos a decidir sobre los asuntos que se les propongan mediante referendo u otra forma de consulta popular y la iniciativa ciudadana popular, legislativa y municipal.
Fue aprobada con 133 votos a favor y ocho en contra y una leve modificación al numeral cuatro del artículo 20.
Estos dos preceptos nuevos en la Carta Sustantiva de la nación confieren más poderes a los ciudadanos, que podrán presentar a través de un representante un proyecto de ley o resolución al congreso o un proyecto a cualquier ayuntamiento.
Establece el derecho de elegir y ser elegido, y además, que el ciudadano podrá formular peticiones a los poderes públicos para solicitar medidas de interés público y obtener de parte de las autoridades respuesta en un término razonable establecido en la ley que se dicte al respecto.
Se incorporó, a solicitud de José Ricardo Taveras y Pelegrín Castillo, un numeral que expresa: "El Estado promoverá políticas de formación progresiva de los menores de edad, en las prácticas y valores de ciudadanía".
Una propuesta que fue desestimada fue la inclusión del referendo revocatorio, iniciativa que no alcanzó las dos terceras partes de los votos de los presentes.
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